El programa del Gobierno Acelera Pyme Kit Digital cuenta con una dotación de más de 3.000 millones de euros de Fondos Europeos para ayudar a autónomos y PYMES a digitalizar y mejorar su presencia online. ¿Tienes proyectos que se quedaron pendientes y ya no pueden esperar más?
Solicita ahora tu ayuda de hasta 12.000€
Nos encargamos de la tramitación por ti
659244155
kitdigital@verabril.com
Desde 1.500€
Subvencionable hasta 2.000€
Desde 1.500€
Subvencionable hasta 2.000€
Desde 2.000€
Subvencionable hasta 2.500€
Desde 4.000€
Subvencionable hasta 4.000€
Desde 4.000€
Subvencionable hasta 4.000€
Desde 12.000€
Subvencionable hasta 12.000€
Desde 6.000€
Subvencionable hasta 6.000€
Desde 1.000€
Subvencionable hasta 1.000€
Desde 125€/Usuario
Subvencionable hasta 6.000€
Desde 125€/Usuario
Subvencionable hasta 6.000€
Desde 2.000€
Subvencionable hasta 2.000€
Desde 2.000€
Subvencionable hasta 2.000€
659244155
kitdigital@verabril.com
1ª Convocatoria: empresas de 10 a menos de 50 empleados.
15/03/2022 – 11:00 31/12/2024 – 11:00
2ª Convocatoria: empresas de 3 a menos de 10 empleados.
02/09/2022 – 11:00 31/12/2024 – 11:00
3ª Convocatoria: empresas de 0 a menos de 3 empleados.
20/10/2022 – 11:00 31/12/2024 – 11:00
De 10 a 49 empleados: hasta 12.000€
De 3 a 9 empleados: hasta 6.000€
De 1 o 2 empleados: hasta 2.000€
El servicio de implantación de las soluciones digitales correspondientes, incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, (ART. 19 Orden), prestado según las especificaciones indicadas establecidas para cada una de ellas en el ANEXO III de la referida Orden ETD/1498/2021, de 29/12/2021, tales como desarrollo de sitio web y presencia en internet, comercio electrónico y tiendas online, gestión de redes sociales, etc., será financiado exclusivamente con el importe aprobado por la ayuda del KIT DIGITAL correspondiente a cada solución digital, incluyendo en este, todos los gastos en que incurra el beneficiario para la adopción de las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa. (No se considerará subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido).
Las actividades o servicios adicionales excluidas de la referida ayuda deberán ser abonados por el Cliente al Agente Digitalizador